PLENOS DEL
AYUNTAMIENTO
El Pleno Municipal de Arrabalde, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de
2012, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2013.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art.169.1 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de
esta entidad local, durante horas de oficina, por plazo de quince días hábiles,
a fin de que los interesados que se señalan en el art.170 de la Ley, puedan
presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indican en el
punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día
siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el
art.169.1 de la predicha Ley, el presupuesto se considerará definitivamente
aprobado, sin necesidad de ulterior acuerdo expreso.
Arrabalde, 14 de diciembre de 2012.-El Alcalde.
Aprobado por el
Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2010,
el padrón correspondiente a la tasa por recogida de basura ejercicio 2010,
permanecerá expuesto al público en el Ayuntamiento durante el plazo de veinte
días hábiles, siguientes al de la inserción del presente anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, a efectos de que durante dicho plazo puedan presentarse
ante el Ayuntamiento las reclamaciones que se consideren oportunas.
Arrabalde a 19 de noviembre de 2010.-El Alcalde.
**********
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del
Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se hace público el presupuesto general definitivo de este Ayuntamiento, para el
ejercicio de 2010, conforme al siguiente
Este documente contiene tablas
8290235_1.pdf De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D.
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se publica seguidamente la plantilla de
personal de este Ayuntamiento:
Personal funcionario: Denominación: Secretaría-Intervención. Una plaza. Grupo
A1. Nivel 22. Funcionario interino. Agrupada con el Ayuntamiento de Alcubilla de
Nogales.
Personal contratado a tiempo parcial: Una Alguacila.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en
la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, según el
artículo 171 del
Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime
procedente.
Arrabalde, 10 de noviembre de 2010.-El Alcalde.
**********
Aprobación inicial e información pública del
proyecto de Playa, zona de juegos y pasarela en Arrabalde.
Aprobado por el
Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2010, el proyecto de
Playa, zona de juegos y pasarela en Arrabalde, redactado por el ingeniero de
caminos, canales y puertos don Carlos Andrés García, de C2R Consultora, S.L., de
enero de 2010, con un presupuesto de 147.130,51 euros, y 26.483,50 euros, de
I.V.A., total 173.614,01 euros, obra incluida en la convocatoria de la Excma.
Diputación Provincial de Zamora, para la selección de proyectos a incluir en el
proyecto integrado de Desarrollo Local Tierra y Agua, con Cofinanciación del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, permanecerá expuesto al público en las
dependencias municipales, durante el plazo de veinte días siguientes al de la
publicación del acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia, y
tablón de anuncios municipal, a efectos de que puedan presentarse las
reclamaciones que se estimen oportunas.
En el supuesto de que durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones, se
entenderá aprobado definitivamente, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo
expreso.
Arrabalde, 4 de agosto de 2010.-El Alcalde.
**********
Aprobado por el Pleno Municipal, en
sesión celebrada el día 28 de julio de 2010, el proyecto básico y de ejecución
Edificio Cultural, redactado por los arquitectos don Antonio Zapatero Alfonso y
doña Angélica Holguín Vecino, de arquitectos Antonio Zapatero, Angélica Holguín
Arquitectos, C.B., de julio de 2010, con un presupuesto de 50.971,19 euros, y
9.174,50 euros, de I.V.A., total 60.146,00 euros, permanecerá expuesto al
público en las dependencias municipales, durante el plazo de veinte días
siguientes al de la publicación del acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial
de la Provincia, y tablón de anuncios municipal, a efectos de que puedan
presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
En el supuesto de que durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones, se
entenderá aprobado definitivamente, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo
expreso.
Arrabalde, 4 de agosto de 2010.-El Alcalde.
**********
Aprobado por el Pleno
Municipal, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2010, el proyecto
básico y de ejecución de reforma de Consultorio médico para eliminación de
barreras arquitectónicas, redactado por los arquitectos don Antonio Zapatero
Alfonso y doña Angélica Holguín Vecino, de arquitectos Antonio Zapatero,
Angélica Holguín Arquitectos, C.B., de julio de 2010, con un presupuesto de
23.454,87 euros, y 4.221,87 euros, de I.V.A., total 27.676,74 euros,
permanecerá expuesto al público en las dependencias municipales, durante el
plazo de veinte días siguientes al de la publicación del acuerdo de
aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia, y tablón de anuncios
municipal, a efectos de que puedan presentarse las reclamaciones que se
estimen oportunas.
En el supuesto de que durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones,
se entenderá aprobado definitivamente, sin necesidad de adoptar nuevo
acuerdo expreso.
Arrabalde, 4 de agosto de 2010.-El Alcalde.
**********
Aprobado por el
Pleno municipal, en sesión celebrada el día 15 de febrero de 2010, el Proyecto
Básico y de Ejecución Edificio Cultural, redactado por los Arquitectos don
Antonio Zapatero Alfonso y doña Angélica Holguín Vecino, de Arquitectos Antonio
Zapatero Angélica Holguín, Arquitectos, C.B., de enero de 2010, con un
presupuesto de 51.850,00 euros y 8.296,00 euros de IVA, total 60.146,00 euros, y
la separata 1.ª del Proyecto Básico y de Ejecución Edificio Cultural, redactado
por los Arquitectos don Antonio Zapatero Alfonso y doña Angélica Holguín Vecino,
de Arquitectos Antonio Zapatero Angélica Holguín, Arquitectos, C.B., de enero de
2010, con un presupuesto de 31.879,71 euros y 5.100,75 euros de IVA, total
36.980,46 euros, permanecerán expuestos al público en las dependencias
municipales, durante el plazo de veinte días siguientes al de la publicación del
acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia, y tablón de
anuncios municipal, a efectos de que puedan presentarse las reclama- ciones que
se estimen oportunas.
En el supuesto de que durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones, se
entenderán aprobados definitivamente, sin necesidad de adoptar nuevo acuer- do
expreso.
Arrabalde, 16 de febrero de 2010.-El Alcalde.
*********************************************
Aprobado
inicialmente por el Pleno Municipal de Arrabalde, en sesión extraordinaria
celebrada el día 1 de febrero de 2010, el proyecto básico y de ejecución
rehabilitación edificio municipal de la antigua escuela para gimnasio, redactado
por los Arquitectos don Antonio Zapatero Alfonso y doña Angélica Holguín Vecino,
de Arquitectos Antonio Zapatero Angélica Holguín Arquitectos C.B., de enero de
2010, con un presupuesto de 28.984,48 euros y 4.637,52 euros de IVA, total
33.622,00 euros, obra incluida en el Fondo Estatal para el Empleo y la
Sostenibilidad Local, se expone al público en el Ayuntamiento, por plazo de diez
días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de examen y reclamaciones por los
interesados, habiéndose reducido los plazos a la mitad de conformidad con lo
dispuesto en el art.50 de la Ley 30/92, al haber aplicado la tramitación de
urgencia, al tratarse de una obra de ejecución inmediata en los términos del
Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre.
Si durante dicho plazo no se produjeran reclamaciones, dicho proyecto se
considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de ulterior acuerdo.
Arrabalde, 3 de febrero de 2010.-El Alcalde.
*********************************************
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión
del día 2 de febrero de 2006 acuerda declarar «El Castro de Las
Labradas», en los términos municipales de Arrabalde y Villaferrueña
(Zamora), como Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona
Arqueológica.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la
Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio
Cultural de Castilla y León,
procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho
Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Valladolid, 8 de febrero de 2006.-El Secretario General, José
Rodríguez Sanz-Pastor.
ANEXO
Acuerdo 13/2006, de 2 de febrero, de la Junta de Castilla y León,
por el que se declara «el Castro de las Labradas», en los términos
municipales de Arrabalde y Villaferrueña (Zamora), como bien de
interés cultural, con categoría de Zona Arqueológica
Ocupando parte de los términos municipales de Arrabalde y
Villaferrueña, se localiza el Castro de las Labradas, en lo más alto
de la sierra de Carpurias, dominando un amplio espacio sobre la vega
del río Eria. Constituye un magnifico exponente de hábitat en altura
de la segunda Edad del Hierro. Su singularidad viene dada tanto por
lo insólito de su dimensiones, con un perímetro de 2.500 metros y
una superficie de 23 hectáreas, como por lo excepcional de sus
estructuras defensivas.
La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por
resolución de 9 de febrero de 1988, acordó incoar procedimiento para
la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona
Arqueológica del Castro de las Labradas, en los términos municipales
de Arrabalde y Villaferrueña (Zamora).
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 11.2 de la
Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio
Cultural de Castilla y León, las
Universidades de Salamanca y Valladolid informaron favorablemente la
pretendida declaración.
Cumplidos los tramites preceptivos de información Pública y Tramite
de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan
alegaciones al expediente, que han sido estudiadas y valoradas en la
propuesta de declaración.
De conformidad con lo dispuesto en el art.12.1 de la
Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio
Cultural de Castilla y León, la
Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés
Cultural dicho inmueble con la categoría de Zona Arqueológica, y a
tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites
preceptivos en la incoación e instrucción del expediente,
acompañando un extracto de éste en el que constan los datos
necesarios para la declaración y los documentos gráficos
correspondientes.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, el
Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de febrero de 2006 ha
adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero.-Se declara El Castro de las Labradas, en los términos
municipales de Arrabalde y Villaferueña (Zamora), Bien de Interés
Cultural con categoría de Zona Arqueológica.
Segundo.-Zona afectada por la declaración:
Comenzando por el Norte, se toma como referencia la carretera que
desde Arrabalde se dirige a Alcubilla de Nogales tomando un camino
en dirección suroeste que sirve para acceder al yacimiento y que ha
sido remodelado recientemente (260406.58-E/4666109.04-N) (1).
Desde aquí, y continuando por el camino de acceso, a unos 400 m. se
localiza un cortafuegos (260040.55-E/4665908.80N) (2) que rodea la
parte inferior del cerro dirigiéndose hacia el Este hasta confluir
con la Senda de las Vacas (260503.47-E/4665506-N) (3), antigua vía
que desde Arrabalde se dirige hacia el Sur atravesando la vaguada de
Valdenegrillos.
La línea continúa por el cortafuegos hacia el Este, hasta llegar al
cruce con el límite de término entre Arrabalde y Villaferrueña
(261933.14E/4664276.74-N) (4).
Desde este punto se prolonga por el Sur a lo largo de 550 m. hasta
llegar al camino de Granucillo a Moratones
(261784.58-E/4664216.45-N) (5). Este camino, en mal estado de
conservación, se dirige hacia el Sur hasta describir una curva cerca
del pago de Pico Molino (260445.34E/4663456.40-N) (6), desde donde
baja hacia el Este por la zona baja del enclave hasta confluir con
la Senda de las Vacas (259911.37-E/4664074.34-N) (7).
Por esta senda se recorren 600 m. hasta encontrar un nuevo camino
(259726.20-E/4664384-N) (8) que rodea el enclave por el Sur hasta
llegar a un camino nuevo de concentración, que, con dirección Oeste
se dirige a Arrabalde (258597.97-E/4665956.17/N), en el pago
denominado La Portillica (9). Continuando por este camino se alcanza
el cortafuegos tomado como punto de partida para la delimitación.
La documentación complementaria del bien a que se refiere el
presente Acuerdo, así como la zona afectada por la declaración, son
los que constan en el plano y demás documentación que obra en el
expediente de su razón.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de
Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán
a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de Castilla y León.
Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la
resolución expresa o presunta de aquel.
*********************************************
En
Arrabalde
LA OPOSICIÓN PIDE UN
PLENO EXTRAORDINARIO PARA DECIDIR LOS PROYECTOS DEL FONDO DE
INVERSIÓN DEL GOBIERNO
El grupo
socialista propone la construcción de un velatorio
El grupo socialista en el ayuntamiento de Arrabalde exige al
alcalde, Baltasar Fernández, la convocatoria urgente de pleno
extraordinario, con el objeto de elegir el proyecto a presentar el
plan estatal de financiación local. Con este fin, ayer lunes se ha
solicitado la convocatoria del mismo.
Según el portavoz, Óscar Fernández, durante la pasada semana, el
regidor arrabaldés se comprometió con el grupo socialista a convocar
una reunión con este fin, sin que esta se haya celebrado.
"El grupo socialista,
haciéndose eco de las opiniones y necesidades de los vecinos,
propone la habilitación de alguno de los inmuebles que el
ayuntamiento tiene para transformarlo en velatorio", declara
Fernández. El concejal socialista considera que es necesario
consensuar, entre todos, su ubicación y características, "ya que
este puede ser construido para tener un uso múltiple".
Fernández critica la ejecución de otras obras, como: "un
depósito de agua que no permite llevar el agua con presión a todos
los vecinos; un frontón con una mala ubicación, o la chapuza del
camino de acceso a nuestro castro (sólo está asfaltado el tramo
final, mientras que el inicial está de zahorra)".
*********************************************
*********************************************
Pueblos de Zamora
Zamora:
Alcañices, Alcubilla de Nogales, Alfaraz de Sayago, Almaraz de Duero, Almeida,
Almendra, Andavías, Arcos de la Polvorosa, Argañín, Arrabalde, Ayoo de Vidriales,
Benavente, Bermillo de Sayago, Bretó, Bretocino, Brime de Sog, Brime de Urz,
Burganes de Valverde, Cabañas de Sayago, Calzadilla de Tera, Camarzana de Tera,
Carbajales de Alba, Carbellino, Cernadilla, Coreses, Corrales, Cubo de
Benavente, Cubo de la Tierra del Vino, El Maderal, El Pego, El Perdigón, El
Piñero, Faramontanos de Tabara, Fariza, Femoselle, Ferreras de Abajo, Ferreras
de Arriba, Ferreruela, Figueruela de Arriba, Fonfría, Fresno de la Ribera,
Fresno de Sayago, Friera de Valverde, Fuente Encalada, Fuentes de Ropel,
Gallegos del Río, Gamones, Gema, Granja de Moreruela, Granucillo, Justel, La
Hiniesta, Losacino, Losacio, Luelmo, Mahíde, Manganeses de la Polvorosa,
Manzanal de Arriba, Manzanal de los Infantes, Manzanal del Barco, Matilla de
Arzón, Mayalde, Melgar de Tera, Micereces de Tera, Milles de la Polvorosa,
Molezuelas de la Carballeda, Mombuey, Montamarta, Moral de Sayago, Moraleja de
Sayago, Moraleja del Vino, Morales de Valverde, Morales del Rey, Moralina,
Moreruela de Tábara, Muelas de los Caballeros, Muelas del Pan, Muga de Sayago,
Naviazos de Valverde, Olmillos de Castro, Otero de Bodas, Palacios del Pan,
Peñausende, Peque, Pereruela, Perilla de Castro, Pino del Oro, Pozuelo de Tabara,
Pueblica de Valverde, Quintanilla de Urz, Quiruelas de Vidriales, Rabanales,
Rábano de Aliste, Riofrío de Aliste, Rionegro del Puente, Roelos, Salce, Samir
de los Caños, San Cebrian de Castro, San Miguel de la Ribera, San Pedro de Ceque,
San Pedro de la Nave, San Vicente de la Cabeza, San Vítero, Santa Cristina de la
Polvorosa, Santa Croya de Tera, Santa Eufemia del Barco, Santa María de la Vega,
Santa María del Valverde, Santibáñez de Tera, Santibáñez de Vidriales,
Santovenia, Sanzoles, Tábara, Toro, Torregamones, Trabazos, Uña de Quintana,
Vadillo de la Guareña, Valdescorriel, Vega de Tera, Vegalatreve, Venialbo,
Videmala, Villadepera, Villaferrueña, Villageriz, Villalcampo, Villalpando,
Villamor de los Escuderos, Villanázar, Villanueva de Campeán, Villanueva de las
Peras, Villar del Buey, Villardeciervos, Villardiegua de la Ribera, Villaseco,
Villaveza de Valverde, Villaveza del Agua, Viñas, Zamora.